La lucha de los trabajadores para recuperar los derechos laborales (II)
LA POLÍTICA ANTILABORAL DEL GOBIERNO DESDE HACE AÑOS.
1.- MEMORANDUM 2792 del año 2018 firmado por el ministro Piñate. Con la excusa de “racionalizar la justa distribución de la riqueza entre todos los trabajadores” y los beneficios de los contratos colectivos fueron puestos en “revisión”, bajo el argumento de ser onerosos y atentar contra la fuente de trabajo. Eliminación de contratos colectivos, aplanamiento de las tablas salariales. Congelación de aumentos salariales. Bonificación del salario. https://correodelcaroni.com/laboral-economia/la-firma-del-memorando-2792-dejo-a-los-trabajadores-en-condicion-de-esclavitud/.
2.- INSTRUCTIVO ONAPRE del 2022. EL CUAL IMPLICÓ Reducción Salarial: Modificó el cálculo de beneficios como bonificaciones por antigüedad, primas de profesionalización, uniformes y otros, lo que disminuyó los ingresos del personal docente, de salud y sector público. La ONAPRE corrigió la disposición entonces de Nicolás Maduro cuando anunció el último aumento salarial en marzo de 2022 y dijo: «llevar el salario mínimo a medio petro y (…) elevar todas las tablas salariales apenas estamos iniciando la recuperación del salario, que lo llevaremos al más alto nivel que podamos». El instructivo también va a contracorriente de lo declarado por Maduro el 1 de mayo, cuando afirmó lo siguiente:
«En medio de la guerra económica he dado una orden y aquí la ratifico, se deben discutir y mejorar todos los contratos y convenciones colectivas de todos los trabajadores del país, sin excepción. Salarios, tablas salariales y contratos colectivos para avanzar». https://accesoalajusticia.org/instructivo-onapre-violenta-media-docena-de-disposiciones-constitucionales/.
Luego de eso, vino la Oficina Nacional de Presupuesto y ordenó a la administración pública regirse por un instructivo absolutamente lesivo a los derechos de los trabajadores, eliminó conquistas laborales y por ende, afectó directamente a millones de trabajadores de la administración pública nacional.
3.- CONGELACIÓN DE SALARIOS DESDE EL 2022. Con la justificación que no se pueden aumentar los sueldos mientras no se incremente la producción (infame tesis de Jesús Farías), o mientras no se elimine la retroactividad de las prestaciones sociales, (infame tesis burguesa), o no se reforme la LOTTT (infame tesis de algunos supuestos intelectuales gobierneros), los sueldos no se revisan desde hace ya 4 años, es decir, el periodo más largo incluso desde la IV República. Mientras tanto, la inflación continúa galopante sin que haya habido incrementos salariales, lo que derriba la otra infame tesis que los aumentos salariales generan mayor inflación.
4.- SUSPENSIÓN DE FACTO DEL PAGO DE LAS PRESTACIONES SOCIALES. Desde hace 12 años, las prestaciones sociales en el sector público han dejado de pagarse tal como lo establece la ley y la constitución.
5.- CONSTITUYENTE LABORAL Y CONSULTA POR EL SISTEMA PATRIA. Otras políticas desviacionistas para prorrogar el estado de indefensión laboral la constituyen la tal constituyente laboral con los mismos protagonistas sindicaleros patronales y ministros (Wills Rangel, Carlos López, Francisco Torrealba, Eduardo Piñate, Oswaldo Vera, por mencionar solo algunos) que han atacado a los trabajadores desde sus puestos de gobierno y que, por ende, han traicionado a la clase trabajadora y más recientemente el gobierno lanzó una consulta por el sistema Patria que con preguntas capciosas pretenden llevar a los trabajadores a que opinen favorablemente por la eliminación de sus derechos laborales.
6.- REPRESIÓN A LOS DIRIGENTES SINDICALES. En los últimos tiempos de Maduro, como no se había visto en el periodo de Chávez, el gobierno arreció una política represiva contra dirigentes sindicales que luchan por los derechos de los trabajadores, a quienes se les aplicó con la complicidad vergonzosa de la fiscalía del ministerio público, bajo las órdenes de Tarek Willam Saab, delitos vinculados a la ley contra el odio, y se les imputó como traidores a la patria y el recetario represivo que se desarrolló en Venezuela en este nefasto lapso para la clase obrera.
Todo ello lo que ha llevado es a que los trabajadores hayan llegado a unos niveles abismales de precariedad laboral, de pobreza extrema y de cuasi indigencia en un gobierno que se decía “obrerista” pero que terminó siendo más procapitalista que incluso, los de Acción Democrática y COPEI, lo que ha socavado cada vez más el apoyo popular a este gobierno, antes de Maduro y ahora, de los hermanos Rodríguez. Mientras tanto, Confederación gobierneras o patronal de la CBST-FTUV siguen apoyando descaradamente las violaciones a los derechos laborales de la masa trabajadora venezolana, solo para mantener unos cargos inmerecidamente ocupados, tanto en la asamblea nacional, como en las federaciones sindicales.
De allí que sea necesario retomar los planteamientos a favor de la clase trabajadora para poder recuperar su calidad de vida, en medio de situaciones altamente conflictivas. He acá lo que plantean:
POR EL RESCATE DEL SALARIO, LAS PENSIONES Y LA LIBERTAD SINDICAL!. He acá lo que plantean organizaciones sindicales clasistas ante la panorámica antes descrita:
“Nosotros, representantes de centrales, federaciones, organizaciones no confederadas, sindicatos de base, gremios profesionales, asociaciones de trabajadores, organizaciones de jubilados y pensionados, centros de formación obrera, trabajadores informales y organizaciones sociales;
Que las políticas económicas aplicadas por el Estado han destruido el ingreso de los trabajadores activos, pensionados y jubilados, reduciendo salarios y pensiones a niveles de miseria y afectando la salud, la alimentación, la seguridad y la dignidad de millones de familias.
Que el salario mínimo legal ha sido sustituido por bonos arbitrarios sin incidencia en prestaciones, pensiones, seguridad social ni cálculos laborales, violando el artículo 91 de la Constitución y los principios salariales de la LOTTT.
Que continúan vigentes instrumentos y leyes de carácter antilaboral —incluyendo la Ley Antibloqueo, las Zonas Económicas Especiales, el Memorándum 2792 y lineamientos asociados al instructivo ONAPRE— que permiten la desalarización, la tercerización, la evasión de derechos y la precarización extrema del trabajo, favoreciendo exclusivamente los intereses patronales de los sectores público y privado.
Que más de 60% de la fuerza laboral es informal y carece de ingresos dignos o protección social, mientras apenas 38% sostiene la actividad económica nacional, agravada por la migración forzada y la destrucción del aparato productivo.
Que el discurso oficial de “crecimiento económico” contrasta con la negativa sistemática a incrementar salarios, restituir derechos o garantizar condiciones dignas de trabajo.
Que existe una sistemática represión del Estado contra el movimiento sindical y, en general, contra los trabajadores que luchan, mediante prácticas de persecución policial y judicial, criminalización de la protesta y negación del derecho a huelga, en violación de los Convenios 87 y 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), ratificados por la República.
Que el movimiento sindical ha sido atacado, fragmentado y debilitado, despojado del derecho a la negociación colectiva, dejando a los trabajadores sin defensa legal efectiva frente a las agresiones constantes de la patronal tanto pública como privada.
Que la libertad sindical es un derecho humano fundamental, conquistado por la lucha histórica del movimiento obrero, consagrado en el artículo 95 de la Constitución y ratificado en el Convenio 87 de la OIT.
Que las organizaciones sindicales son entidades autónomas e independientes, herramientas esenciales para la defensa exclusiva de los intereses, derechos y conquistas de la clase trabajadora, sin injerencia externa.
Que, frente a los intentos de subordinación institucional mediante mecanismos irregulares como la llamada “constituyente sindical” y la falta de protección legal efectiva, es indispensable defender dicha autonomía para resguardar las libertades fundamentales de los trabajadores.
Unidos por la reconstrucción del valor del trabajo en Venezuela, mediante la recuperación real del salario y las pensiones, la restitución plena de los derechos laborales y contractuales, la defensa de las libertades públicas, la autonomía sindical, y la exigencia de libertad plena para todos los presos y judicializados del movimiento sindical.
1. Unidad en la diversidad. - Respeto pleno a la autonomía de cada organización, a su pluralidad de ideas y enfoques. Se articulan acciones conjuntas sin imponer estructuras ni suplantar identidades.
2. Compromiso colectivo y ético. - Este acuerdo expresa un compromiso con la clase trabajadora. Las decisiones se adoptarán mediante debate transparente, democrático y orientado al mayor consenso posible.
3. Coordinación y coherencia. - Las organizaciones trabajarán de manera articulada para impulsar objetivos comunes, garantizando participación equitativa y seguimiento efectivo de los acuerdos.
4. Transparencia e inclusión. - Todas las acciones se desarrollarán de forma abierta, promoviendo la participación de todos los trabajadores sin distinción de sector, región, género, ideología, afiliación partidista, creencia religiosa o estatus laboral.
5. Solidaridad y apoyo mutuo. - Se asegura respaldo a trabajadores y organizaciones que enfrenten persecución, vulneración de derechos o dificultades por su participación en la defensa de los intereses laborales.
Conquistar un salario y una pensión mínima que satisfagan las necesidades vitales de los trabajadores activos y jubilados y sus familias, conforme al artículo 91 de la Constitución y al artículo 104 de la LOTTT.
Exigir el reconocimiento de todos los bonos como salario real, con incidencia en prestaciones, antigüedad, vacaciones y utilidades, garantizando que el salario sea base para cotizaciones, pensiones y seguridad social.
Restituir el pago retroactivo de pensiones a pensionados en el exterior y garantizar los derechos de los adultos mayores establecidos en los artículos 80 y 86 de la Constitución Nacional.
Restituir el valor real de las prestaciones sociales, vacaciones, utilidades y antigüedad, y pagar la deuda histórica acumulada por el Estado.
Restablecer plenamente las convenciones colectivas, asegurando cláusulas de protección salarial.
Restituir el derecho a huelga, eliminando cualquier prohibición o limitación arbitraria.
Derogar todas las medidas y leyes antilaborales que destruyen derechos y facilitan la tercerización.
Garantizar condiciones dignas de trabajo y la aplicación efectiva de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT).
Exigir el cese inmediato de la injerencia del Estado-patrono en los sindicatos, incluyendo intentos de sustituir o desconocer dirigencias legítimas.
Rechazar la denominada “constituyente sindical” o “constituyente obrera”, instrumento destinado a corporativizar y subordinar al movimiento sindical.
Exigir el cese de la criminalización del ejercicio sindical y de la lucha por las libertades públicas.
Exigir libertad plena para todos los dirigentes sindicales detenidos o judicializados.
Establecer una coordinación nacional representativa de los diferentes sectores y organizaciones del movimiento sindical venezolano que articule y dé seguimiento al presente acuerdo.
Convocar asambleas de trabajadores en todo el país para organizar la defensa legal y constitucional de los derechos laborales.
Impulsar una campaña nacional de difusión del acuerdo mediante mecanismos de comunicación, organización y movilización sindical.
Denunciar ante organismos internacionales la violación de los derechos laborales en Venezuela.
Reconocemos que ninguna diferencia supera la urgencia del hambre, la destrucción del ingreso y la negación de nuestros derechos. Nuestra unidad no es coyuntural, es un compromiso ético con quienes sostienen al país.
Asumimos el salario, las prestaciones y las convenciones colectivas como derechos irrenunciables y causa central frente a la desigualdad. Reivindicamos plenamente el espíritu del artículo 91 constitucional: el salario no es una cifra, es una herramienta indispensable de vida, justicia y ascenso social.
Llamamos al país y convocamos a todos los sectores laborales —activos, jubilados, pensionados; formales e informales; del sector público y privado— a sumarse a este gran acuerdo nacional.
Este es apenas el primer paso de una lucha histórica que no admite más silencio ni humillación: el trabajo debe recuperar su valor, el salario debe dignificar y el futuro debe pertenecer a quienes lo construyen con su esfuerzo.
La defensa del salario y los derechos laborales no es solo una causa sindical, sino una causa moral, democrática y social: sin salario no hay vida, sin derechos no hay futuro, sin unidad no hay victoria.
Diversas organizaciones y centrales sindicales, con distintas visiones y trayectorias, firmamos este compromiso porque la dignidad del trabajo está por encima de cualquier frontera; porque los trabajadores merecen vivir, no sobrevivir; y porque sin justicia social no habrá estabilidad, desarrollo ni democracia real”.
ANEXO: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS DE LA LOTTT: “La Ley Orgánica del Trabajo surgió como consecuencia de las importantes contradicciones surgidas con la instauración del modelo neoliberal, que en Venezuela vivió su momento de mayor intensidad a partir del año 1989. La ola privatizadora de entonces, entre otras medidas económicas de gran impacto social, impulsó una serie de luchas sociales que llevaron al reordenamiento de una serie de reglamentaciones dispersas en diversas normas de distinta categoría, remozando de esta manera el contrato social existente. Poco duró esta paz social, pues apenas seis años después el avance de las teorías neoliberales produjo una importante reforma de la Ley Orgánica del Trabajo, la cual fue sancionada en fecha 19 de junio de 1997, en cuyo texto se logró consagrar la supresión de una de las más importantes conquistas de la clase trabajadora venezolana, como lo era la llamada retroactividad del cálculo de las prestaciones de antigüedad. Esa misma ola logró que un año después, el 23 de septiembre de 1998, se decretara además la liquidación del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales….
Estos importantes retrocesos y distorsiones de los derechos laborales, lograron ser contrarrestados en un plazo relativamente breve, en el marco de las deliberaciones de la Asamblea Nacional Constituyente de 1999, que dejó sin efecto la liquidación del IVSS e incluyó en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) el derecho de los trabajadores y trabajadoras “a prestaciones sociales que les recompensen la antigüedad en el servicio y los amparen en caso de cesantía” (CRBV, artículo 92), complementada con una disposición transitoria que ordena la instauración de “un nuevo régimen para el derecho a prestaciones sociales reconocido en el artículo 92 de esta Constitución, el cual integrará el pago de este derecho de forma proporcional al tiempo de servicio y calculado de conformidad con el último salario devengado, estableciendo un lapso para su prescripción de diez años” (CRBV, disposición transitoria Cuarta, numeral 3).
La LOTTT incorpora la noción de que la riqueza es un producto social generado principalmente por los trabajadores y las trabajadoras y por tanto se establece que su justa distribución debe garantizar una vida digna junto a sus familias….. https://www.inces.gob.ve/wp-content/uploads/2017/10/lot.pdf.
CAPÍTULO III DE LAS PRESTACIONES SOCIALES Régimen de prestaciones sociales Artículo 141. Todos los trabajadores y trabajadoras tienen derecho a prestaciones sociales que les recompensen la antigüedad en el servicio y los ampare en caso de cesantía. El régimen de prestaciones sociales regulado en la presente Ley establece el pago de este derecho de forma proporcional al tiempo de servicio, calculado con el último salario devengado por el trabajador o trabajadora al finalizar la relación laboral, garantizando la intangibilidad y progresividad de los derechos laborales.
