La Corte que mueve la portería
Imagínese despertar un lunes y descubrir que sus cuentas están congeladas. No puede pagar nómina, colegiatura ni renta. Ni comprarse una cerveza —que, dadas las circunstancias, es lo que más necesitaría—. Nadie le avisó. Ningún juez lo autorizó. La Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) decidió, por sí sola, que usted es un riesgo. Hasta esta mañana, la Suprema Corte sostenía que eso era inconstitucional cuando la UIF actuaba sin solicitud extranjera o autorizacion judicial. Hoy, al resolver la Acción de Inconstitucionalidad 58/2022, el pleno cambió las reglas a medio partido: la UIF puede bloquear cuentas sin juez y sin petición internacional. El temor que muchos veníamos expresando se materializó: una Corte más afín al Ejecutivo está dejando a un pueblo más débil frente a un Estado más fuerte.
La jurisprudencia 2a./J. 46/2018 exigía orden judicial para bloqueos nacionales; solo los de origen internacional podían prescindir del juez. Era la garantía de que si el gobierno quería tocar su cartera, primero debía pedir permiso a un juez. Hoy, la mayoría validó el artículo 116 Bis 2 de la Ley de Instituciones de Crédito y redefinió el bloqueo como «medida........
