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La asimetría legal en España entre los hombres y las mujeres y sus implicaciones en el sistema judicial

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03.06.2025

Tribunal de Justicia de la Unión Europea (:TJUE)

L – 2925 Luxemburgo

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I. INTRODUCCIÓN.

Desde el año 2004, España ha desplegado un régimen normativo que consagra una discriminación jurídica explícita por razón de sexo. Esta deriva normativa, que se manifiesta principalmente en el ámbito penal, civil y administrativo, ha erosionado pilares esenciales del Estado de Derecho y del sistema democrático europeo, como son la igualdad ante la ley, la presunción de inocencia, la imparcialidad judicial y la universalidad del principio de legalidad.

Lejos de ser un fenómeno aislado o accidental, este régimen legal responde a la imposición sistemática de una ideología de género que ha capturado las instituciones legislativas, judiciales y educativas. En lugar de garantizar la igualdad formal y material entre hombres y mujeres —principio consagrado tanto en la Constitución Española (art. 14) como en la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea (art. 21)—, se ha instaurado una arquitectura normativa que equipara varón con agresor, y mujer con víctima estructural, mediante leyes de autor y presunciones iuris et de iure.

Este informe se presenta ante instancias internacionales como el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de la ONU y la Agencia de los Derechos Fundamentales de la UE, con el fin de exponer esta regresión jurídica y reclamar una evaluación urgente de la compatibilidad del ordenamiento español con los tratados internacionales ratificados por el Reino de España.

II. LA ASIMETRÍA PENAL: DERECHO PENAL DE AUTOR Y VULNERACIÓN DE DERECHOS FUNDAMENTALES

El modelo penal español respecto de la denominada «violencia de género», basado en la Ley Orgánica 1/2004, ha instaurado un sistema de discriminación positiva que transgrede los principios fundamentales del Derecho Penal moderno. En lugar de regirse por la igualdad de trato y la responsabilidad subjetiva, se consagra una culpabilidad por el ser: el hecho de ser varón implica una penalidad agravada, incluso ante hechos idénticos.

Esta concepción delictiva ha sido objeto de crítica por parte de destacados penalistas como Jesús-María Silva Sánchez,........

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