El drama Humala, por Rosa Maria Palacios
No hay nada que genere más pasiones encendidas que una sentencia judicial a un expresidente. La radicalidad dependerá del buen o mal recuerdo de su gestión, de sus dotes de político y del momento histórico de ésta. Añadamos que, ad-portas de las elecciones del 2026, la respuesta dependerá de la forma en que se extiendan las consecuencias de la condena o la absolución a otros políticos en su misma situación y como leen los adversarios, de todos ellos, la resolución judicial.
Una advertencia inicial. He sostenido, desde el 2014, que el delito de lavado de activos en el Perú tiene, como parte esencial de la conducta ilícita, un comportamiento en elcual, aquel que recibe, sabe o puede presumir que aquello que se le entrega proviene de un delito. No se requiere prueba de ese delito fuente, pero el conocimiento de quien recibe si tiene que ser probado. En castellano, Ollanta Humala y todos los condenados con él, de acuerdo con la sentencia del pasado 15 de abril, sabían o presumían que,al recibir dinero de Odebrecht para la campaña, éste provenía de un delito. Sin eso, es imposible condenar.
¿Primer problema? En el adelanto de sentencia no hay una línea sobre como llegan los tres jueces a esa conclusión. Durante el juicio, la fiscalía no ha producido ninguna prueba que acredite tal conocimiento. Y ese es el meollo de toda la cuestión.
¿Segundo problema? Con bastante dificultad y sobre la base de dichos, la fiscalía ha presentado indicios de la recepción del dinero. Son indicios porque no hay fechas, cantidades, lugares, personas. ¿Pueden condenarse con indicios? No. Tiene que condenarse con certezas. Yo y........
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