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La infamia en la política

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07.02.2026

La ley electoral establece que la fórmula de una candidatura para la elección del presidente de la República debe contar como complemento de fórmula, un acompañante o alter ego. A esta experiencia debo hoy referirme, presentando algunas consideraciones y sobretodo experiencias vividas que, a partir de la experiencia que hoy vivimos, que deberíamos tomar en cuenta, a tiempo de conformar una nueva postulación. La selección de quien será el acompañante del aspirante presidencial, merece que se le dedique una debida atención y se cuente con el imprescindible sondeo psicológico, antes de decidir la opción. Esta selección debe ser considerada en el contexto de una astucia previsora y del debido sentido común, “que es el menos común de los sentidos”, ya que, por lo general ocurre, que por la simple y sencilla impresión, se llega a optar por un tecnócrata o un colaborador eficiente pero mal informado,  entonces, será muy tarde para redimir la equivocación

También, se debe tener en cuenta que para someterse a un plebiscito electoral,........

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