Los grandes tenedores solo podrán comprar edificios para alquiler asequible y no para especular en Catalunya
Acuerdo de presupuestos
Los grandes tenedores solo podrán comprar edificios para alquiler asequible y no para especular en Catalunya
La norma deberá aprobarse antes del verano, según el pacto de Govern y Comuns, e incluirá multas de hasta 1,5 millones para quien incumpla
Vista panorámica de la zona de la Gran Via de L’Hospitalet. / Zowy Voeten / EPC
Catalunya pone pie en pared a la compra especulativa de vivienda. Si Govern y Comuns han podido poner el broche al acuerdo de presupuestos es gracias a que han alcanzado un acuerdo para poner coto al lucro con los pisos a través de la modificación de la ley de urbanismo. El objetivo: priorizar que la vivienda sea de uso residencial y que se deje de hacer negocio en las zonas declaradas como tensionadas. Lo harán, además, en tiempo récord, puesto que la entente incluye que este cambio legislativo esté aprobado en un plazo máximo de seis meses, lo que supone que ERC deberá avalar que se tramite por la vía de urgencia. Si se acaba materializando, Catalunya se convertirá en la primera autonomía en imponer este límite al mercado inmobiliario.
Los grandes tenedores, aquellos propietarios que cuentan con cinco inmuebles o más, no podrán comprar viviendas para especular en Catalunya, eso es, obtener beneficios vendiendo o alquilando a precios desorbitados fuera de los topes fijados por la ley de vivienda. Sí podrán adquirir edificios enteros, pero deberán destinarlos a alquiler con el precio regulado. Incumplir supondrá sanciones severas que alcanzarán los 1,5 millones de euros.
Una mujer mirando anuncios en una inmobiliaria / Sandra Román
Las personas físicas que tengan ya estas cinco viviendas solo podrán comprar inmuebles si es para vivir en ellos, por lo que deberán acreditarlo ante notario y estar empadronadas en ella en un plazo de un año, como máximo. Los pequeños propietarios podrán comprar hasta cuatro viviendas, siempre que sean para usarlas ellos mismos o para un familiar de hasta segundo grado o para alquilarlas, siempre con el precio regulado por ley. Se trata de un margen más permisivo que el que incluye la iniciativa que tienen registrada los Comuns en el Parlament.
Las segundas residencias tienen un trato especial: las personas físicas, pequeños o grandes tenedores, podrán hacerse con una en un municipio distinto a su residencia habitual -la que consta en el padrón- y se considerará una "extensión" de la primera. Esto podrá ser así incluso si esa segunda residencia se adquiere en una localidad que también ha sido declarada como tensionada.
Para evitar que algunos propietarios se salten la ley, la reforma contempla que se apruebe un refuerzo del régimen sancionador que ya está vigente en Catalunya desde hace un año para la regulación de los precios del alquiler. Con este fin, se impulsarán sanciones de hasta 1,5 millones de euros para aquellos que no destinen la vivienda adquirida a lo que han declarado ante notario, a los que simulen "negocios jurídicos" o a los que traten de esquivar su condición de gran tenedor.
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Una vez la ley entre en vigor, los ayuntamientos de los 271 municipios que en estos momentos han sido declarados zona de mercado residencial tensionado, que concentran el 90% de la población catalana, podrán aprobar planes especiales urbanísticos para impedir que las compras sean para especular.
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