El Supremo acredita que el Gobierno tramitó contratos de mascarillas por 32,5M€ a la empresa de Aldama antes de publicarse la oferta
El Supremo acredita que el Gobierno tramitó contratos de mascarillas por 32,5M€ a la empresa de Aldama antes de publicarse la oferta
El Alto Tribunal constata que Ábalos se aprovechó de la falta de controles durante la pandemia para otorgar los contratos a Soluciones de Gestión
Sentencia de Ábalos y Koldo por el caso mascarillas, en directo: última hora y reacciones a las penas de cárcel
Imagen del el ministro de Transportes, José Luis Ábalos, durante una rueda de prensa en el Palacio de La Moncloa, durnate el primer estado de alarma, el 30 de marzo de 2020. / EFE
La sentencia del Tribunal Supremo por la que condena al exministro José Luis Ábalos a 24 años de prisión hace mención especial a la posición "preferente" del exdirigente socialista tanto en el Gobierno como en el PSOE. Una posición de la que se "aprovechó" la trama formada junto a su asesor, Koldo García, y el comisionista Víctor de Aldama y que facilitó la comisión de los nueve delitos por los que ha sido condenado, algunos de ellos cometidos gracias a su papel en el Consejo de Ministros.
Es el caso de la firma de dos contratos en pandemia desde el Ministerio de Transporte a Soluciones de Gestión SL, empresa de Aldama, por valor de 20 y 12,5 millones de euros, respectivamente. Unas adjudicaciones que Puertos del Estado y Adif comenzaron a tramitar antes incluso de que se resolviera oficialmente la compra. El Tribunal Supremo considera que se cometió una "instrumentalización del suministro de mascarillas", en unos hechos "constitutivos de un delito de tráfico de influencias, en concurso con un delito de cohecho".
En la sentencia, de 224 páginas, el Supremo apunta a que la trama se valió de la falta de controles administrativos en la pandemia para concertar ambas adjudicaciones. Así, apunta a que Ábalos era una de las "autoridades competentes delegadas" durante el estado de alarma aprobado en el Real Decreto 463/2020, aprobado por el Gobierno el 14 de marzo de ese año, por el que había cuatro ministros competentes -Defensa, Interior, Transportes y Sanidad- junto al presidente de Gobierno, Pedro Sánchez.
Todos ellos, recuerda el tribunal, estaban "habilitados para dictar órdenes, disposiciones e instrucciones (...) que fueran necesarias para garantizar la prestación de servicios" y, esta es la clave, "sin que fuera precisa la tramitación de procedimiento administrativo alguno", sentencia el Supremo, parafraseando el artículo 4.3 del decreto del estado de alarma. Ese procedimiento de urgencia permitió a la trama la concertación y adjudicación de contratos sin obstáculo alguno.
Este apartado fue el que permitió a Ábalos adjudicar contratos a Soluciones de Gestión a cambio de comisiones "concertadas", según considera probado el Supremo, que se repartirían después entre el exministro, su asesor y el empresario. Así, el Supremo determina que "los tres acusados, de mutuo acuerdo, ante la necesidad........
