La impunidad del 'bullying'
Periodista
Leonard Beard. / 5
Según contó Domingo Díaz en ‘El Correo de Andalucía’, diario de Prensa Ibérica, la Junta de Andalucía describe así el acoso escolar:
· Intencionalidad: la agresión se dirige a una persona concreta.
· Repetición: la víctima sufre la acción agresiva de forma continuada.
· Desequilibrio de poder: se produce una desigualdad de poder físico, psicológico o social.
. Indefensión y personalización: el objetivo del maltrato suele ser un solo alumno o alumna, que es colocado de esta manera en una situación de indefensión.
· Componente colectivo o grupal: normalmente no existe un solo agresor o agresora, sino varios.
· Observadores pasivos: las situaciones de acoso suelen ser conocidas por terceras personas que no contribuyen a que cese la agresión.
Dicho de otra forma: en las escuelas, nuestros hijos e hijas sufren (o hacen sufrir) agresiones intencionales, continuas, en desequilibrio de fuerzas,........





















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