Derechos, deberes y responsabilidades
Uno de los preceptos superiores de mayor importancia democrática es el contemplado en el artículo 20 de la Constitución de 1991, que consagra, como derechos fundamentales, la libertad de expresión y el derecho a la información.
Son varios los derechos allí garantizados. Al tenor de la disposición constitucional, toda persona goza de plena libertad para exponer, manifestar y difundir su pensamiento y opiniones. Asimismo, toda persona tiene el derecho esencial a informar y a recibir información y se le garantiza la libertad de fundar medios masivos de comunicación, los cuales -como señala el aludido precepto- “son libres y tienen responsabilidad social”.
La Constitución garantiza, por contrapartida, el derecho a la rectificación en condiciones de equidad.
Finalmente, el artículo 20 prohíbe la censura.
La Corte Constitucional, desde sus........
