La compra de un medicamento debe ser un acto privado
El riesgo ya no es solo que la farmacia “sepa quién compró”. El riesgo es que la compra se transforme en una llave para perfilar al paciente-consumidor: qué podría necesitar después, cuánto gasta, qué tan crónico es, qué tipo de campañas lo afectan más, qué tratamiento reitera, etc.
En Chile se normalizó una mala práctica que debería incomodarnos: un medicamento puede vale $100, pero de pronto baja 25% si el consumidor entrega su número de RUT, se enrola en un club o compra a través de una aplicación. A primera vista parece una simple estrategia comercial. Pero no lo es. Cuando eso ocurre, la operación deja de ser solo una venta y pasa a convertirse en otra cosa: una transacción sanitaria condicionada a identificación comercial.
Ese cambio no es menor. El medicamento no es una bebida, chaqueta o membresía premium. Un medicamento habla muchas veces de dolor, enfermedad, salud mental, sexualidad, fertilidad, tratamientos prolongados, enfermedades crónicas o temores profundamente íntimos. Por eso, cuando una cadena farmacéutica dice en los hechos “si usted se identifica, paga menos”, lo que está haciendo no es solo segmentar precios, sino presionar al consumidor a convertir su necesidad sanitaria en un dato comercialmente explotable.
La discusión no debe partir por el precio o la limitada voluntariedad. Debe partir por una tesis más básica y seria: la compra de un medicamento debe ser un acto privado. No privado en un sentido vergonzante, como si la enfermedad tuviera algo de indecoroso, sino privado en el sentido jurídico correcto: porque la información que se desprende de esa compra puede revelar, sugerir o permitir el acceso a datos de la salud física o psíquica de la persona, y nuestro ordenamiento ya reconoce que esa esfera merece una protección reforzada.
La Ley n.º 19.628 define como datos sensibles aquellos referidos, entre otras materias, a los estados de salud físicos o psíquicos. La Ley n.º 20.584 sobre derechos y deberes en salud agrega que la información que emana de la ficha clínica y de los documentos en que se registran procedimientos y tratamientos es dato sensible y está sujeta a reglas estrictas de acceso y reserva.
Es verdad que la ley vigente no dice, con esas palabras exactas, que toda compra de medicamentos sea automáticamente un dato sensible. Sería torpe afirmarlo así. Pero sería igual de torpe negar lo obvio: un historial nominativo de compras farmacéuticas permite inferir información extremadamente delicada. Quien compra un antidepresivo, ansiolítico, tratamiento hormonal, medicamento oncológico, anticonceptivos, antirretrovirales o fármacos para patologías de transmisión sexual no está dejando una huella neutra, sino un rastro que, cruzado con identidad,........
