Justicia a ciegas: la reforma pensional en el limbo
El artículo 157 de la Constitución y la Ley 5 de 1992 exigen que todo proyecto de ley pase por un debate público y deliberativo en cada cámara, garantizando la legitimidad democrática del proceso normativo. El 14 de junio de 2024, la Cámara, con la proposición sustitutiva de la representante María del Mar Pizarro y otros, dio un “pupitrazo” al texto del Senado, violando los principios de publicidad y deliberación. Este vicio de forma, para muchos juristas, merecía la inexequibilidad total por quebrantar el debido proceso legislativo. Sin embargo, la Corte pareciera dió alcances de nulidad relativa, un concepto jurídico que permite corregir vicios procedimentales si no afectan el núcleo esencial del proceso legislativo. En este caso, la Corte consideró que la falta de debate en la........
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