La ignorancia de la Corte (1)
Iván Tabares Marín
A los amigos mayores les he contado que se pueden pensionar a la edad establecida para las mujeres, 57 años. Para ello, deben presentarse a una notaría y pedir un certificado de su nueva condición femenina, a lo cual el notario debe acceder sin exigir ningún otro requisito distinto que la voluntad del interesado. Con ese documento se presentan a Colpensiones o a su fondo de pensiones al cumplir los 57 años, o si es mayor, para que le liquiden su mesada, si tiene mil semanas cotizadas, como decidió la Corte, y no 1.200 como rige para los varones.
Mis amigos lanzan una carcajada atronadora al escuchar mi cuento porque choca con el sentido común. Cuando les explico que esa es doctrina de la Corte Constitucional se sorprenden y empiezan a reflexionar sobre esa eventualidad, aunque algunas sentirían vergüenza al hacerlo. Les digo entonces que esa decisión no tiene ninguna repercusión para su vida privada, excepto que en sus documentos de identidad aparecerá el nuevo nombre femenino, y que seguirán viviendo en sus mismas condiciones actuales.
En otras columnas he escrito sobre lo que he llamado “El error de la Corte” y que ahora recobra actualidad por la designación de un transgénero, Juan Carlos Florián, como ministro de la Igualdad, aunque él se define como de género fluido, “ministra” o “marica”.
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca estudia varias demandas contra el Gobierno Petro por incumplir la ley de cuotas,........
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