Tribunal Constitucional Plurinacional y auto-restricción
El Tribunal Constitucional Plurinacional emitió algunas sentencias muy polémicas y desde distintos ámbitos académicos y ciudadanos, se sugirió la necesidad de auto restricción de esta instancia judicial; Es decir, se pidió que este se imponga a sí mismo restricciones y, la explicación de ello, era que así se evitaría que el mismo incurra en arbitrariedades; Sin embargo, esta propuesta, en lugar de permitir un trabajo más preciso y eficiente de esta instancia judicial, en realidad está justificando actuaciones arbitrarias y abriendo la puerta a futuros excesos, tal como a continuación se explica:
Quienes proponen esa medida, citan como ejemplos de sentencias que no debieron emitirse y en las cuales el Tribunal Constitucional Plurinacional debió auto restringirse;la sentencia que dispuso la reelección indefinida (SCP N° 84/2017 de 28 de noviembre del 2017), la que dispuso la ampliación a todas las autoridades electas de que no es necesario renunciar al cargo tres meses antes de la elección para ser candidato y que en la Constitución alcanzaba sólo al Presidente y Vicepresidente (SCP 0032/2019 de 9 de julio de 2019) y entre otras, la que expresó que la minoría de edad, no solo debe entenderse en términos de edad, sino de capacidad........© El Día
