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El Derecho de Réplica y la Oposición en Colombia

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06.03.2025

Por: Juanita Tovar Sandino

Las recientes transmisiones televisadas de los Consejos de Ministros por parte del Gobierno Nacional han reavivado un debate crucial sobre el equilibrio informativo y la aplicación del derecho de réplica. Este derecho, esencial en cualquier sistema democrático, tiene como objetivo asegurar que las voces disidentes puedan responder a los mensajes oficiales, evitando que el poder ejecutivo monopolice el discurso público. Sin embargo, en Colombia, el ejercicio de la oposición política ha enfrentado históricamente desafíos significativos, derivados de una cultura política fragmentada y de un marco institucional que no siempre fomenta la pluralidad.

El derecho de réplica está reconocido en el artículo 20 de la Constitución de 1991, que protege la libertad de expresión y el acceso a la información. Su regulación específica se encuentra en el Estatuto de la Oposición (Ley 1909 de 2018), el cual establece mecanismos para que los partidos opositores puedan refutar afirmaciones gubernamentales que consideren inexactas o perjudiciales para su imagen. No obstante, en la práctica, su implementación ha sido inconsistente, dependiendo en gran medida de la disposición de los medios de comunicación y de las instituciones estatales.

Antes de la llegada al poder de Gustavo Petro, el derecho de réplica se había ejercido en pocas ocasiones, generalmente a través de recursos judiciales o decisiones del Consejo Nacional Electoral. Sin embargo, su........

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