¡Retorno al Derecho Internacional y al principio de no injerencia!
La acción de secuestro del Presidente Constitucional Nicolás Maduro Moros, ejecutada durante la madrugada del pasado 3 de enero, por un comando especial del Ejército de EEUU (la Delta Force) en cumplimiento de órdenes expresas del Presidente, ciudadano Donald Trump plantea la necesidad de un intensivo reforzamiento de los principios del Derecho Internacional y la Carta de las Naciones Unidas y, de modo muy especial, los principios de No Injerencia, el respeto a la soberanía de los países y de solución pacífica de controversias entre los sujetos de la comunidad internacional
A) ¿UN MUNDO SIN NORMAS, O UNO QUE REIVINDIQUE EL DERECHO?.- En primer lugar dígase que dicha acción resulta impropia del gobierno de una Nación, los Estados Unidos, en cuyo acervo histórico destaca la épica anticolonial librada entre 1776 y 1783 contra la metrópoli Inglaterra y cuando, con ayuda de Francia y España -y con participación del venezolano Francisco de Miranda en la toma de Pensacola y Las Bahamas, obtuvo su definitiva Independencia y reconocimiento con el Tratado de París del último de dichos años. Se trata asimismo de una Nación, los EEUU, en cuyo interior se debaten corrientes, intereses y opciones de destino nacional encontrados entre sí, y entre dichos factores internos se miden continuamente la fuerza de la opinión pública de la población civil que continuamente se manifiesta en ciudades de dicho país, en contra de la discriminación racial, de la persecución irracional contra los grupos de migrantes y muy especialmente en contra de nuevas guerras e invasiones patrocinadas por el gobierno y el complejo militar e industrial de dicha superpotencia occidental, guerras, invasiones y ocupaciones de territorios extranjeros, consideradas como "inferiores" por los grupos de poder dentro de EEUU, y cuyos efectos pisotean mandatos como el contemplado por el Numeral 2 del artículo 1 de la Carta de la ONU "La Organización esta basada en el principio de la igualdad soberana de todos sus Miembros".
B) FUE UN SECUESTRO, NO UNA "CAPTURA".- En habilidosa tautología o ‘juego de palabras´, los asesores del Presidente Trump en EEUU, han inducido a este último, a que sostenga que la acción ejecutada el 3 de enero contra el Presidente Nicolás Maduro y la República Bolivariana de Venezuela, constituye la "captura" contra una persona solicitada por la justicia estadounidense, y a quien se requiere por supuestos delitos de narcotráfico y terrorismo. El término "captura" se asimila con el apresamiento, en su respectivo grado, de una persona, a quien se tiene como delincuente. Y en el caso del Presidente venezolano Nicolás Maduro lo ocurrido configura una acción de "Secuestro", por cuanto los móviles profundos, responde a diferencias de criterio político entre el actual titular de la Casa Blanca y su gabinete, y el propio Nicolás Maduro como actual titular de la Presidencia de Venezuela. Y, no obstante la reiteración del mandatario venezolano acerca de ofrecer a EEUU las condiciones de venta, como abastecedor confiable y permanente de la abundante energía (gas y petróleo) contenida en su subsuelo, siempre en los términos contemplados en el mercado internacional y en correspondencia con las disposiciones de la Organización Mundial del Comercio, la OPEP’Plus y otras instituciones reconocidas del Derecho Internacional, la actual administración de dicha superpotencia objeta dichos términos, manifestándose en el sentido de querer posesionarse de los ricos yacimientos hidrocarburíferos de Venezuela, los cuales, al superar los 300 mil barriles de petróleo, la convierten en el primer reservorio de crudo del planeta, y situada a una distancia de los muelles de descarga de Texas, la cual fácilmente es cubierta por los........





















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