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Reducir la jornada laboral: un derecho y una urgencia

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21.01.2025

Existen razones históricas, evidencias empíricas, motivos de justicia social e incluso argumentos jurídicos que avalan la reducción de la jornada laboral sin reducción de salario a 37,5 horas semanales.

En lo que se refiere a las primeras, hemos de volver a los fundamentos para recordar aquello que dice el artículo 24 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos:

Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.

Efectivamente, hace más de 104 años que no se acomete una reducción de la jornada laboral máxima por debajo de las ocho horas diarias en España, y más de 40 años que no se altera el umbral de las 40 horas semanales, a pesar de las muy distintas condiciones económicas, laborales y sociales que, sin duda, caracterizan a la sociedad actual frente a la de los años 80 o, peor aún, respecto de la de principios del siglo pasado. Esta congelación de la duración de la jornada máxima durante más de un siglo nos sitúa muy lejos de una aplicación correcta del artículo 24 de Declaración Universal de los Derechos Humanos, cuanto menos desde una perspectiva histórica en la interpretación de las normas.

En el apartado de las evidencias empíricas, mientras que la productividad aparente del trabajo aumentó un 15,3% real entre 1995 y 2022, la remuneración real por persona asalariada creció muy por debajo, un magro 1,2%. Como resultado, la remuneración por persona perdió en el periodo estudiado 4,2 puntos........

© 20 minutos


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