menu_open Columnists
We use cookies to provide some features and experiences in QOSHE

More information  .  Close

Pedro Grández: El final del “voto de investidura”

32 0
16.03.2026

Pedro P. Grández Castro. Profesor Universitario - Sociedad Peruana de Constitucionalistas

En unos pocos meses, cuando se instale el nuevo Congreso bicameral, la presentación del Consejo de Ministros ante el Congreso para exponer su política general del gobierno y las principales medidas de su gestión ya no incluirá la fórmula inexorable del voto de confianza por parte del presidente del Consejo de Ministros y que ha sido otro de los signos de la Constitución de 1993. En efecto, la reforma constitucional que introdujo al Senado, también modificó el artículo 130 de la Constitución, retornando a la fórmula del texto constitucional de 1979, que establecía de manera expresa que la exposición del programa general de gobierno por parte del presidente del Consejo de Ministros, no da lugar a voto del Congreso. Se trataba de un diálogo político sin consecuencias para la conformación del gabinete.

El voto de investidura, extraño a los regímenes presidenciales, ha desaparecido de la Constitución. Si bien es verdad que la reforma también explicita que entrará en vigencia a partir de las próximas elecciones generales, no deja de llamar la atención que un gobierno transitorio, designado en el seno del Parlamento, regrese ahora mediante el Presidente de su Consejo de ministros, por el voto de investidura, a pocos días de haber sido designado en ese mismo recinto por los mismos congresistas. Es una........

© La República