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Emergencia democrática (2)

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16.05.2024

Lamentablemente, debemos hacer una segunda entrega en tanto que Petro ha decidido continuar con su retórica incendiaria. Desde esta tribuna, nuestro llamado es por: 1) un apego irrestricto a las formas jurídicas, 2) respeto inequívoco a la democracia, 3) lealtad por el pretérito nacional y 4 serenidad como virtud republicana.

Retomemos la entrega anterior diciendo que el panorama jurídico-político de la aplicación del artículo 109 de la Constitución pasa tanto por ley 996 de 2005 como por la Sentencia de la Corte Constitucional (C-1153/05) en la que se podría considerar que la pérdida del cargo presidencial (vacancia institucional) sólo tendría lugar por afrenta gravísima contra el régimen de financiación de las campañas electorales y no por cualquiera otra irregularidad, en aras de la proporcionalidad, la razonabilidad y la estabilidad institucional.

De darse el debate en el Congreso, para efectos de un juicio político, creo que serán estos tres últimos elementos los definitivos para decidir el futuro de “la Administración por Sobresaltos”.

Así, las cosas, el respeto a la democracia no puede ser equívoco. Apelo a este adjetivo porque el grueso de los colombianos no vamos a dejarnos subvertir el significado de las palabras para distorsionar la realidad. Sin decirlo expresamente, Petro cree que los brutales actos de terrorismo cometidos, por diferentes guerrillas, a nombre de “la paz”, “los derechos humanos”, “la democracia”, “la igualdad”, “la justicia social”, “la libertad” (entre........

© Kienyke


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