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La arquitectura intangible y el giro copernicano en el Derecho Penal

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Decir que el derecho o la moralidad pública es el software social, implica aceptar que es la arquitectura intangible de la comunidad humana. Es el conjunto de conexiones que permite precisar lo mío y lo tuyo, garantizando que tu libertad sea compatible y coexistente con la mía. Estas conexiones están inspiradas en máximas y principios que resultan exigibles, vinculantes y obligatorios; y para hacerlas efectivas, surgen las instituciones, tanto formales como informales.

Comprendido lo anterior, surge la pregunta ineludible: ¿Cómo se forman esos vínculos exigibles cuyo cumplimiento puede ser coercitivo? ¿Cómo se crea, en definitiva, la invención de ese orden jurídico?

Desde la primera videoconferencia de la serie Grandes Debates del Derecho (UFT-El Campus, del 5 de junio al 14 de agosto de 2026), Antonio Canova nos planteó la distinción entre las instituciones jurídicas impuestas desde arriba y aquellas que se van formando desde abajo. Estas últimas surgen de manera espontánea y evolutiva, nacen de la convivencia y de las prácticas de los grupos humanos que, con el tiempo, llegamos a considerar valiosas y, en consecuencia, dignas de protección mediante su cumplimiento forzoso si llegare a ser necesario.

En Venezuela, desde nuestros orígenes hispánicos, optamos por crear un derecho desde arriba, impuesto primero por la Corona y luego por la voluntad del poder político de turno en nuestros avatares republicanos. Ha sido un derecho impuesto que pocas veces ha coincidido con las creaciones espontáneas ni con las formas auténticas de solucionar los conflictos. Para decirlo acompañados por el poeta mayor de la primera mitad del siglo pasado: hemos ignorado «los poderes creadores........

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