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El derecho a la salud no admite paros laborales

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27.07.2026

El derecho a la salud se constituye en una función suprema y primera responsabilidad del Estado, debiendo priorizar la prevención de las enfermedades. Este servicio debe ser ininterrumpido las 24 horas y los 365 días del año. El Estado debe honrar sus obligaciones económicas con los profesionales y trabajadores del sector para evitar los paros, bloqueos y protestas que, en principio, no tienen cabida en un servicio altamente sensible para la población.  

La Constitución boliviana establece que todas las personas tienen derecho no sólo a la salud sin exclusión ni discriminación alguna, sino también al (proyectado) sistema único de salud, universal, gratuito, equitativo, intercultural, participativo, con calidad, calidez y control social (art. 18). El sistema se basa en los principios de solidaridad, eficiencia y corresponsabilidad y se desarrolla mediante políticas públicas en todos los niveles de gobierno. El Estado promoverá políticas públicas orientadas a mejorar la calidad de vida, el bienestar colectivo y el acceso gratuito de la población a los servicios de salud. El sistema garantizará el acceso al seguro universal de salud, y controlará el ejercicio de........

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