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Vicepresidencia debilitada: ¿Hiperpresidencialismo o jugada política?

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01.03.2026

Antes de denunciar hiperpresidencialismo, conviene distinguir entre competencias institucionales y delegación política de funciones al interior de un poder del Estado.El presidente Rodrigo Paz retiró ciertas atribuciones a la Vicepresidencia mediante el Decreto Supremo 5552. Esta decisión ha reactivado un debate recurrente en Bolivia: ¿estamos ante un nuevo caso de hiperpresidencialismo en la historia nacional, o frente a una simple jugada política dentro de los márgenes del diseño constitucional? Conviene empezar por una distinción básica: no todas las atribuciones del vicepresidente tienen el mismo origen. Algunas están consagradas en la Constitución. Otras provienen de leyes promulgadas por la Asamblea Legislativa, o bien han sido delegadas por el propio presidente mediante decretos. A partir de esta diferenciación se define el alcance institucional del cargo —y los límites de acción del presidente para cercenar las atribuciones de la Vicepresidencia—.El Decreto Supremo 5552 se inscribe en el tercer ámbito. Si ciertas funciones del vicepresidente pueden ser retiradas por decreto, es porque previamente fueron otorgadas por esa misma vía (concretamente, el Decreto........

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