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El tamaño sí importa

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04.02.2026

La semana pasada el Senado aprobó, con algunas modificaciones, el Proyecto de Ley No. 157/2023-2024 que autoriza al INRA la conversión de la clasificación de propiedad pequeña a propiedad mediana a simple petición escrita del dueño del predio. Se trata de un proyecto con un potencial extraordinario que puede revolucionar la producción agrícola en el país. Habrá que esperar a ver los reglamentos, pero esta medida puede llegar a rescatar a miles de pequeños productores y campesinos que permanecían excluidos del capitalismo moderno. Como veremos abajo, al no poder ejercer derecho propietario pleno sobre sus tierras, los productores chicos no podían crecer, desarrollar economías de escala y progresar como empresarios.

Una propiedad pequeña (menos de 500 hectáreas) es, de acuerdo con la Constitución y la legislación agrícola en el país, indivisible e inembargable. Esta estipulación tiene la intención de proteger al pequeño productor y al campesino asegurándose de que este no pueda perder su tierra. Pero como suele pasar con las medidas “buenistas,” las consecuencias no intencionadas terminan perjudicando a quienes se quiere proteger. Al estipular que la propiedad pequeña es inembargable, el Estado le quita al dueño del predio la posibilidad de utilizar plenamente su propiedad privada. En particular, le quita la posibilidad de hipotecar o entregar en garantía su tierra al momento de acceder a crédito financiero. Dado que la propiedad es inembargable por ley, ningún banco acepta una propiedad pequeña como colateral pues no puede ejercer la reversión de esa tierra en caso de no pago. El resultado es que los pequeños........

© El Deber