Prohibido disponer de los bienes
Una gran polémica se ha generado con la prohibición por parte los reglamentos de propiedad horizontal al ingreso de las áreas comunes en el Edificio o Conjunto. Hablemos de algunos casos específicos.
El primero del que tenemos que hablar es cuando se prohíbe en los reglamentos el ingreso de los domiciliarios a la propiedad horizontal. La Corte se ha pronunciado bajo sentencia T-732 de 2002 estableciendo que “La prohibición de que los “domicilios” se entreguen en cada apartamento no constituye una afectación al derecho a la vida, ni una injerencia arbitraria que anule la intimidad personal, puesto que se repite, es una medida sana y necesaria, que permite que la administración de la........
