El asesinato de la Constitución
Las etapas definitorias en la organización política de la vida del país han sido marcadas por sendas constituciones; ellas se erigieron en verdaderos parteaguas en la narrativa de nuestra historia contemporánea, la de 1824, de 1857 y la actual de 1917; antes de ellas la Constitución de Apatzingán delineó la aspiración republicana y de carácter social que animó el movimiento de Independencia y que postuló el futuro de la nación.
Existe un correlato entre ellas, de modo que la Constitución de 1917 recupera los planteamientos esenciales y definiciones de las precedentes y, de hecho, se formuló sobre la base articulada de su antecesora de 1857; puede decirse que el asidero constitucional ha brindado fuerza y legitimidad al Estado y también ha marcado sus límites y necesidades de actualización.
Ha sido consistente la aspiración de conformar una república representativa, federal, democrática y laica, tal y como lo establece el artículo 40 de la carta magna y que, desde luego, se inscribe atenta a lo mencionado en el artículo 16 de la Declaración de los Derechos del Hombre de 1789, el cual ha pergeñado la cultura del constitucionalismo en el mundo y donde se señala que: “Toda sociedad en la que no está asegurada la garantía de los derechos ni la separación de los poderes no tiene constitución”.
Así, hablar del aniversario de la Constitución mexicana refiere necesariamente la relación que se ha construido entre el Estado y la sociedad; entre el poder y el pueblo, que implica necesariamente la forma de gobernarnos y de integrar los poderes constitutivos de nuestra organización política para garantizar los derechos humanos y lograr el desarrollo nacional dentro del régimen republicano.
Constitución como expresión del arreglo que nos hemos dado para ordenar nuestra convivencia en el devenir de nación soberana, libre e independiente que interactúa........
