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Ministras ‘in vitro’

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16.03.2026

Una de las diferencias fundamentales entre el perfil de legislador o legisladora, el de servidor público en dependencias del Ejecutivo y el de ministras o ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación está en la validez o la prudencia de externar opiniones personales.

Quien está en el poder legislativo, a menudo, tiene bastante libertad para hacerlo. Las opiniones pueden estar basadas en ideas acertadas o equivocadas, pero al ser opiniones, simple y sencillamente se respetan. Algunas incluso reciben amplio respaldo aunque partan de hechos incorrectos o interpretaciones imprecisas de la realidad. La lógica democrática admite justamente ese intercambio: un debate en el que la mayoría, a menudo, pesa más que la exactitud técnica.

Quienes forman parte de los equipos del poder ejecutivo tienen menos libertad, en definitiva. Hay un proyecto político al que pertenecen. Dentro de ese proyecto pueden construir consensos para que su visión sea elegida por la cabeza del Ejecutivo; incluso pueden ser respetados por ese liderazgo para que su criterio se aplique con amplitud en el ámbito que les fue confiado. Pero siempre existe una línea política y una disciplina institucional.

El Poder Judicial, especialmente en sus máximos cargos, es distinto.

Para empezar, el espacio para la opinión personal es mínimo. Existen criterios, precedentes y jurisprudencias que construyen una enorme caja de validez constitucional y legal. Quien despacha desde el máximo tribunal necesita, en primera instancia, ser profundamente estudioso de lo que sus pares en retiro han resuelto antes. Hay poco espacio para calificarlos de tecnócratas o neoliberales o prianistas o lo que sea, su trabajo habla por sus sentencias y precedentes, no tanto por........

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