Las redes sociales perjudican a nuestros hijos… y lo saben
No se puede ser mucho más claro que eso: La sentencia emitida esta semana por el Tribunal Superior de Los Ángeles contra Meta (la compañía dueña de Facebook) y Alphabet (la compañía dueña de Google) constituye una declaración pública sobre los efectos perniciosos de plataformas como Instagram y YouTube en los jóvenes de Estados Unidos… y del mundo.
Si bien es cierto que las sentencias de responsabilidad en casos como el presentado contra Meta y YouTube son, por necesidad, asuntos complejos, no es posible desconocer las profundas implicaciones de un fallo como el que vimos, toda vez que se marca con él un hito en la responsabilidad civil de las corporaciones tecnológicas, derivada ya no del contenido per se que en ellas se distribuye, sino de la arquitectura que lo organiza, prioriza y entrega.
En EE. UU., el contenido publicado por terceros está protegido por la Sección 230 del Título 47 del Código de los Estados Unidos, que estableció las bases de una inmunidad general para las grandes plataformas tecnológicas en línea con respecto a los contenidos generados por usuarios de terceros. Pero esta vez, el jurado determinó que las funciones de diseño de Instagram, Facebook y YouTube fueron un factor determinante en el desarrollo de patologías de salud mental en la menor de edad que dio inicio al caso.
Los demandantes lograron demostrar que los algoritmos de recomendación, las notificaciones persistentes y, en particular, el mecanismo de scroll —o........
