Más derechos para más gente: el legado de Luis Almagro
Tengo conmigo el texto Más derechos para más gente: crisis, desafíos y logros de la democracia. Son las memorias de Luis Almagro al cabo de una década como Secretario General de la OEA. Disponible en luisalmagro.com, es una lectura imprescindible por varias razones. Primero, en una época en la que no solo se debate intensamente la misión y la estructura institucional del sistema interamericano, sino su propia viabilidad; la visión, y el récord de Almagro constituye un aporte indispensable.
Segundo, el mismo título del libro reproduce el lema de su gestión, resumiendo su obligación primordial en el cargo: robustecer las esferas de derechos, haciendo cumplir la noción de ciudadanía definida en el orden jurídico y político democrático al que las naciones del continente están obligadas. No es ocioso recordarlo, pues ello se olvida con frecuencia en los corredores burocráticos, tanto en Washington como en las capitales latinoamericanas. Más aún, dicho lema es una denuncia imprescindible en esta época en la que América Latina ha sufrido una visible contracción de derechos en manos de autocracias de diferente signo ideológico, pero cuyo rasgo común es vulnerarlos mientras los pregonan en el discurso.
Tercero, la cláusula ‘más derechos’ subraya que la ciudadanía universal e irrestricta es una aspiración, una promesa incumplida. En definitiva, la democracia es siempre incompleta, una obra en construcción. ‘Para más gente’ apunta a la dimensión inherentemente sistémica—y por lo tanto global—de los derechos humanos. De ahí que la Carta Democrática Interamericana estipule en su primer artículo que “los pueblos de América tienen derecho a la democracia y sus gobiernos la obligación de promoverla y defenderla”. En la doctrina constitucional de la democracia el pueblo es el soberano; el gobierno, su súbdito.
De allí se deriva la normativa que impone obligaciones a los Estados y a la OEA, y les exige fiscalizar su cumplimiento. Como parte del derecho internacional inspirado en el internacionalismo liberal de la posguerra, dicha arquitectura institucional no se pensó para proteger a los Estados, sino para evitar que se cometan atrocidades contra los pueblos dentro de las fronteras —y por acción— de un Estado. De ahí que la protección y promoción de los derechos humanos implique relajar o suspender el principio de soberanía. Si el principio de jurisdicción domestica exclusiva no se aplica, el lema debe entenderse como un concepto global.
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