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Los cambios que trae el nuevo Código de Trabajo para el sector privado

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08.10.2025

En una de las miles de entrevistas que tuve como funcionario público responsable de atender al sector privado, atendí a una persona que venía a denunciar que su empleador no le había pagado el salario del último mes. Esta persona trabajó 30 días para una mipyme, y el dueño decidió no remunerarla.

Para ayudarla, le pregunté si había traído una copia de su contrato laboral, firmado por ambas partes, donde debía estar pactada la forma y tiempo del pago. Me miró, bajó la cabeza y me dijo que en esa mipyme nunca firmó ningún contrato.

Como este caso, seguramente usted conozca a alguien que trabaja en el sector privado. Si le pregunta si tiene contrato, probablemente esta persona le mire de arriba abajo con cara incrédula, como diciendo: “¿En qué país tú vives?”. Tampoco le pregunte si tiene su expediente laboral al día.

O quizás usted es ese trabajador que no tiene contrato. En ese caso, usted es un trabajador informal. O, si usted es propietario de un negocio particular y para usted trabajan una o varias personas sin contrato, usted está violando los derechos de esas personas.

No vayamos a los extremos. Existen mipymes, trabajadores por cuenta propia, cooperativas, proyectos de desarrollo local y otros negocios no estatales que cumplen y velan por los derechos de sus empleados. Sin embargo, la ONEI estima que 831 063 cubanos son trabajadores informales, y el 90 % labora en el sector no estatal.

Aunque el Código de Trabajo de 2014 regula las generalidades de las relaciones laborales en Cuba, la diversificación de emprendimientos no estatales desde 2021 y otras tendencias del mercado laboral han modificado las reglas del juego. Por eso este año aparece un anteproyecto, en consulta popular ahora mismo, que pretende reflejar la realidad en la legislación cubana.

Como en el ejemplo inicial, un trabajador informal no solo........

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