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Informalidad laboral estatal: ¿en casa de herrero, cuchillo de palo?, por Fernando Cuadros Luque

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08.03.2026

Muchas veces se piensa que en el sector público peruano no existe informalidad laboral y, por tanto, todos los trabajadores estatales acceden a sus correspondientes derechos laborales.

No obstante, aunque parezca increíble, la realidad es otra, como veremos a continuación, como siempre, sobre la base de información estadística oficial y confiable.

¿Qué es la informalidad laboral en el sector público?

Se considera que una persona al servicio del Estado se encuentra en condición de informalidad laboral cuando realiza labores de forma subordinada en una entidad pública y, a pesar de ello, no está registrada en planilla bajo ningún régimen laboral y, por ende, no accede a beneficio laboral alguno (vacaciones, aguinaldos, compensación por tiempo de servicios, seguridad social en salud y pensiones, jornada máxima, negociación colectiva de mejores remuneraciones y condiciones laborales, entre otros).

Estos trabajadores en situación de informalidad laboral suelen estar contratados indebidamente bajo la modalidad de locación de servicios, es decir, como si fueran consultores o independientes (los famosos “terceros”).  

¿A cuánto asciende la tasa de informalidad laboral estatal?

Según la Planilla electrónica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), al 2024 existían 210.000 locadores de servicios en el sector público, lo cual implicaría una tasa de informalidad laboral del 12%, valor que se ha incrementado en 4 puntos porcentuales (pp) respecto al 2013, cuando era 8%, mostrando una clara tendencia creciente (ver gráfico).

Tomando la misma fuente estadística, la mayor tasa de informalidad laboral se registraría en los........

© La República