Gibraltar: un tratado sin debate ni control democrático
El pasado 15 de julio comenzó a aplicarse provisionalmente el Tratado entre la Unión Europea y el Reino Unido sobre Gibraltar. Es el Acuerdo de política exterior de mayor calado adoptado por España en años: retira (parcialmente) la Verja; incorpora funcionalmente el Peñón al espacio Schengen y a una unión aduanera con la UE, sitúa policías españoles en el puerto y el aeropuerto, y compromete a España en un limitadísimo esquema de convergencia fiscal y supuesta «prosperidad compartida» sobre el Campo de Gibraltar. Sin embargo, ese tratado no ha sido autorizado por las Cortes, ni dictaminado por el Consejo de Estado, ni aprobado por el Consejo de Ministros ni por norma jurídica española alguna. No existe un solo acto jurídico interno conocido que lo avale.
La explicación técnica es conocida: es un acuerdo celebrado por la UE, no por España, tramitado por el artículo 218 TFUE y ratificable por el Parlamento Europeo. Formalmente, España no es parte, aunque materialmente queda comprometida como Estado que reivindica la soberanía y por los efectos sobre su comarca limítrofe. Esa disociación es el primer problema. Un tratado negociado bilateralmente por España hubiera exigido autorización previa de las Cortes ex........
