Islandia, Ceuta: qué Europa
Tras dos Legislaturas consumidas en extenuantes negociaciones hasta su aprobación final en 2024, los ocho Reglamentos (Leyes europeas) del Pacto UE de Migraciones y Asilo son plenamente eficaces desde junio de 2026: obligan a los Estados miembros (EEMM) de la UE en un sistema de equilibrios basado en la responsabilidad compartida y la solidaridad vinculante.
La libre circulación (derecho fundamental) en un espacio común sin fronteras interiores que conocemos como Schengen tiene su contrapartida en una gestión integrada de las fronteras exteriores, regida asimismo por normas (Código Europeo de Schengen) que solo pueden ser excepcionadas como último recurso, conforme a criterios de necesidad y proporcionalidad, bajo la supervisión de la Comisión Europea (guardiana de los Tratados y del Derecho de la UE).
La arquitectura así descrita nos recuerda que el Derecho importa, que las leyes importan y que su cumplimiento importa, no solamente en situaciones de normalidad ordinaria, sino también, sobre todo, en las de excepcionalidad extraordinaria.
Por eso mismo, resulta tan preocupante como inaceptable el zafarrancho de pánico —con medidas contra Schengen carentes de justificación en parámetros de necesidad y proporcionalidad, además de negadoras de la obligada solidaridad— desatado entre los Gobiernos de los EEMM ante la crisis de Ceuta, cuya naturaleza excede lo........
