El artículo 35.2 no te da la razón, Antelo
José Ángel Antelo, diputado del grupo mixto en la Asamblea Regional. / L.O.
En un esfuerzo baldío por dar apariencia de racionalidad jurídica a sus xenófobas y racistas propuestas sobre los menores migrantes no acompañados, Antelo, en un artículo anterior, apelaba a la aplicación del artículo 35.2 de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, conocida como Ley de Extranjería.
Insiste, por enésima vez, en que las CC AA y, en concreto, el Gobierno de la Región de Murcia, tienen a su alcance la posibilidad de «actuar con todos los menas». La actuación a la que eufemísticamente se refiere no es otra que devolverlos a todos a su país de origen.
En un párrafo de especial énfasis, como si hubiera descubierto el argumento definitivo que le da la razón, añade, para ratificar su sesgada, interesada y errónea lectura del citado artículo 35.2, que "la propia legislación española avala que la mejor integración posible es la que se desarrolla en el lugar de donde el menor........
