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Atribuciones de la Defensoría del Pueblo

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28.09.2026

Nuestra Carta Fundamental establece que corresponde a la Defensoría del Pueblo defender los derechos constitucionales y fundamentales de la persona y de la comunidad; y supervisar el cumplimiento de los deberes de la administración estatal y la prestación de los servicios públicos a la ciudadanía. El defensor del pueblo presenta informe ante la Cámara de Diputados una vez al año, y cada vez que esta lo solicite; tiene iniciativa en la formación de las leyes; puede proponer las medidas que faciliten el mejor cumplimiento de sus funciones. El proyecto de presupuesto de la Defensoría del Pueblo es presentado ante el Poder Ejecutivo y sustentado por su titular en esa instancia y en el Congreso. El texto constitucional configura a la Defensoría del Pueblo como garantía institucional de la dignidad humana frente al ejercicio del poder. Su fundamento filosófico reside en reconocer que la legitimidad estatal depende de servir a las personas. Desde esta perspectiva, defender derechos y supervisar deberes públicos constituye una exigencia de justicia que transforma la proclamación constitucional en responsabilidad institucional. La Constitución de 1993 introdujo una Defensoría autónoma, sin antecedente constitucional directo como institución independiente. Esta precisión........

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