Indultos, gracias y salvoconductos
En primer lugar dejo en claro que la decisión sobre los temas arriba señalados le corresponde a quien ocupa la presidencia de la República. Cabe agregar, a la presidencia de la República con refrendación ministerial, ya que conforme al artículo 120° de la Constitución Política vigente “Son nulos los actos del Presidente de la República que carecen de refrendación ministerial. En días recientes, anteriores y posteriores al cambio de gobierno, se ha venido especulando sobre la posibilidad de que P. Castillo, A. Toledo o B. Chávez Chino, pudieran beneficiarse con indulto, derecho de gracia o salvoconducto. En el caso de P. Castillo, que buscaba tomar ventaja de su cercanía con J. Balcazar, encargado del gobierno de........
