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Obras por Impuestos: ¿solución o problema para la inversión pública?

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13.09.2026

La modalidad de Obras por Impuestos (OxI) nació en el Perú en 2008, en un momento en que el país enfrentaba una paradoja persistente: abundancia de recursos fiscales y, al mismo tiempo, una incapacidad crónica para ejecutar inversión pública con eficiencia. Los gobiernos regionales y locales acumulaban saldos millonarios en sus presupuestos, pero las obras avanzaban lentamente, se paralizaban o simplemente no se iniciaban. La brecha de infraestructura seguía creciendo, y la ciudadanía veía cómo los recursos se quedaban en el papel. En ese contexto, el Congreso aprobó la Ley 29230, que creó un mecanismo innovador: permitir que empresas privadas ejecutaran directamente obras públicas y, a cambio, recibieran un Certificado de Crédito Fiscal para descontarlo del Impuesto a la Renta.

La idea era sencilla, pero disruptiva. En lugar de que el Estado contratara a una empresa mediante un proceso tradicional —largo, burocrático y muchas veces vulnerable a la corrupción—, la empresa privada podía financiar, ejecutar y entregar la obra terminada. El Estado, por su parte, no desembolsaba dinero durante la ejecución: pagaba después, mediante un crédito fiscal que la empresa podía usar para reducir su carga tributaria o negociar con terceros. El mecanismo proporciona velocidad, calidad y una reducción significativa de los cuellos de botella administrativos.

Desde el inicio, el esquema fue recibido con entusiasmo por las grandes empresas, especialmente las mineras, que vieron en OxI una forma de acelerar obras en las zonas donde operaban y donde la infraestructura era insuficiente. También fue bien recibido por municipios y gobiernos regionales con baja capacidad de ejecución, que encontraron en las empresas un aliado para concretar proyectos que, de otro modo, tardarían años en materializarse. ProInversión asumió el rol de articulador: una entidad técnica que acompañaba a los gobiernos subnacionales en la formulación de proyectos, verificaba requisitos y facilitaba la interacción con las empresas interesadas.

No obstante, su expansión descontrolada también plantea riesgos relevantes, como la pérdida de una priorización estratégica de la inversión pública, la utilización indebida del mecanismo por empresas coludidas con gobiernos subnacionales y la reducción del espacio fiscal disponible para atender otras necesidades públicas.

Funcionamiento del Esquema OxI

El funcionamiento del esquema se apoya en una secuencia institucional clara, en la que ProInversión cumple principalmente una función de promoción, articulación y asistencia técnica, sin sustituir las decisiones ni las responsabilidades de las entidades públicas participantes. El proceso comienza con un proyecto de inversión pública registrado y declarado viable en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (Invierte.pe). Una vez listo, el gobierno regional o local lo incorpora en su cartera de proyectos OxI y puede solicitar a ProInversión apoyo para estructurarlo, promoverlo entre potenciales empresas interesadas y acompañar técnicamente el proceso.

El gobierno regional o local competente conserva la responsabilidad de priorizar el proyecto, conducir el procedimiento de selección, suscribir el convenio con la empresa privada y asegurar su adecuada ejecución. La empresa privada, a su vez, financia y ejecuta la obra de acuerdo con el convenio.

En el esquema de Obras por Impuestos, la Contraloría General de la República ejerce control gubernamental sin intervenir en la fase de selección ni emitir informe previo, dado que este mecanismo no compromete endeudamiento público ni genera obligaciones financieras de largo plazo.

Una vez que la entidad competente reconoce la inversión ejecutada y se cumplen los requisitos previstos, el MEF emite el Certificado de Inversión Pública Regional y Local (CIPRL), que permite a la empresa aplicar el monto reconocido al pago de sus obligaciones tributarias. ProInversión mantiene un papel de promoción, articulación y asistencia técnica, pero no sustituye a la entidad pública, a la Contraloría ni al MEF en sus respectivas competencias.

El CIPRL es el instrumento financiero que viabiliza el esquema de Obras por Impuestos. Para la empresa, representa un activo financiero: un título valor que puede utilizar para pagar el Impuesto a la Renta de tercera categoría en uno o varios ejercicios o transferir a otra empresa con carga tributaria suficiente, generando así un mercado secundario. Esta........

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