El inoportuno crédito suplementario solicitado por el Ejecutivo
Como si las leyes Pro-Déficit aprobadas por el Congreso en los últimos meses no fueran suficientes, en los últimos días, el debate fiscal ha vuelto a ocupar un lugar central en la discusión pública peruana. El Poder Ejecutivo ha presentado al Congreso un proyecto de ley que solicita la aprobación de un crédito suplementario por 4,160 millones de soles, acompañado de una serie de disposiciones adicionales que, en conjunto, elevan el impacto fiscal total a casi 9,600 millones.
La cifra ha generado inquietud entre analistas, economistas y especialistas en gestión pública, no solo por su magnitud, sino por el momento político en que se plantea, por la composición del gasto y por las implicancias que tendrá para la trayectoria del déficit fiscal en los próximos años. El país se encuentra a pocas semanas del cambio de mando, en un contexto internacional volátil, con precios de commodities que muestran señales de inestabilidad y con la amenaza inminente de un nuevo episodio del Fenómeno del Niño. En ese marco, la discusión sobre la pertinencia, el diseño y la oportunidad de este paquete fiscal adquiere una relevancia que trasciende el debate técnico y se adentra en el terreno político sobre su conveniencia en vísperas de la transmisión de mando.
El proyecto de ley presentado por el Ejecutivo tiene como eje central la aprobación de un crédito suplementario por 4,160 millones de soles destinado, según la exposición de motivos, a financiar inversiones orientadas al cierre de brechas, asegurar la continuidad de servicios esenciales y atender obligaciones ineludibles. Sin embargo, el texto normativo no se limita a ese monto. Incluye también la autorización para emitir bonos internos por 1,260 millones de soles, la incorporación de 300 millones provenientes de las utilidades del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), el uso de mayores ingresos tributarios recaudados durante el año y la habilitación de recursos provenientes del canon y otras fuentes específicas. El resultado es un paquete fiscal que, aunque presentado bajo la figura de un crédito suplementario, constituye en realidad una expansión presupuestal de gran escala, con efectos que se extenderán más allá del ejercicio fiscal en curso.
Estructura del Proyecto Ley PL 14799
La estructura del proyecto revela una combinación de fuentes de financiamiento que, en apariencia, buscan minimizar el impacto sobre el déficit y el incremento de la deuda pública. La emisión de bonos internos, por ejemplo, se presenta como un mecanismo para financiar inversiones sin recurrir a mayores gastos corrientes. Las utilidades de FONAFE se incorporan como ingresos extraordinarios que permiten ampliar el presupuesto sin incrementar la deuda pública. Los mayores ingresos tributarios, producto de una recaudación que ha superado las proyecciones iniciales como consecuencia de los altos precios de los commodities, se utilizan para cubrir parte del gasto adicional. Y los recursos del canon, cuya disponibilidad depende de la dinámica de la actividad extractiva, se destinan a proyectos específicos en gobiernos regionales y locales.
Sin embargo, cuando se analiza el conjunto, queda claro que la magnitud del gasto adicional supera ampliamente la capacidad de financiamiento no deficitario, lo que implica que una parte significativa del incremento terminará reflejándose en un mayor déficit fiscal o en una presión adicional sobre la deuda pública. Es impensable que la gran mayoría de proyectos asignados a gobiernos locales se puedan ejecutar en los 30 días que le quedan a este gobierno y más bien parecen destinados a atar de manos al gobierno entrante.
El Verdadero Monto del Presupuesto de la República
En el debate fiscal peruano, pocas nociones generan tanta confusión como los créditos suplementarios y créditos complementarios, dos mecanismos que permiten modificar el presupuesto aprobado cada año. Su importancia es decisiva: explican por qué el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) aprobado por el Congreso rara vez coincide con el Presupuesto Institucional Modificado (PIM), que es el monto que realmente pueden ejecutar las entidades públicas.
El PIA 2026, aprobado por el Congreso, ascendió a S/ 257 mil millones. Ese es el punto de partida. Pero durante el año fiscal, el presupuesto se ajusta mediante diversas modificaciones. Entre ellas destacan dos figuras clave. El crédito suplementario que financia gastos........
