¿Y de los subsidios qué?
A propósito de los subsidios, conviene dejar establecido que quedaron reglamentados en el artículo 99.3 de la Ley 142 de 1994 de Servicios Públicos, como “un descuento en el valor de la factura” de los usuarios más vulnerables, en este caso, de los estratos 1, 2 y 3. Ello dio lugar a crear el Fondo de Solidaridad para Subsidios y Redistribución del Ingreso (FSSRI) mediante la Ley 286 de 1996. Ello responde a uno de los principios que rigen la prestación del servicio de energía: eficiencia, calidad, continuidad y solidaridad (artículo 87 de la Ley 142 de 1994). Es importante destacar que dicho subsidio tiene por objeto garantizar el acceso efecto de los más vulnerables al servicio público domiciliario, como lo consagra el 7º de los 17 Objetivos del desarrollo sostenible (ODS), vinculante para Colombia.
Es conveniente precisar que los........
