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La importancia de suspender provisionalmente

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26.01.2026

El vacío en las normas frente a los abusos constitucionales que deben ser contenidos por la Corte Constitucional es muy grave.

Es tan grave que no se contempló expresamente la suspensión provisional de las normas que empiezan a regir tan pronto se promulgan por el Ejecutivo las medidas derivadas de una emergencia declarada por decreto.

Esto, en materia tributaria, es simple y llanamente un llamado a que el gobierno de turno haga caja por cuenta de tributos mal decretados, mientras se pronuncia de fondo la honorable Corte Constitucional. En los bolos se llama moñona.

Si se acepta que entra en vigencia inmediata y no se puede suspender provisionalmente un decreto que establece unos impuestos nuevos, negados previamente por el Congreso, se pisotea el principio superior de separación de poderes, se viola la decisión del Constituyente que confirió al Congreso la competencia legislativa para aprobar impuestos y se genera en la práctica un mecanismo inconstitucional para anticipar........

© El Tiempo