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Un error de la acusación contra Begoña Gómez retrasa el juicio oral y pone a Peinado en una encrucijada a las puertas de su jubilación

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13.09.2026

La instrucción de la causa contra Begoña Gómez ha llegado este mes de septiembre a una nueva fase marcada por las particularidades del procedimiento y por la situación del juez instructor, Juan Carlos Peinado. El magistrado inició sus vacaciones el pasado miércoles 9 de septiembre, que se prolongarán hasta el día 18, pocos días antes de su jubilación, prevista para el 27 de septiembre, cuando cumplirá 72 años, tras haberla pospuesto dos temporadas, el máximo que permite la judicatura. Estaba previsto que, antes de comenzar sus vacaciones, Peinado pudiera dictar el auto de apertura de juicio oral. De acuerdo con el artículo 32 de la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado (LOTJ), este auto debe notificarse una vez concluida la audiencia preliminar, en el mismo acto o dentro de los tres días siguientes. Sin embargo, la situación procesal se ha complicado después de que la acusación popular, ejercida por Hazte Oír, ratificara durante la audiencia preliminar su escrito de conclusiones provisionales.

La cuestión adquiere relevancia porque, en un procedimiento ante un tribunal del jurado, ese documento debe recoger de manera concreta los hechos que se consideran punibles. A diferencia de otros procedimientos penales, la legislación exige que esos hechos aparezcan expuestos de forma clara, concreta y ordenada, no se trata únicamente de una cuestión formal. Los hechos recogidos en el escrito de acusación sirven posteriormente como referencia para que el magistrado-presidente del tribunal redacte el auto de hechos justiciables y, más adelante, el objeto del veredicto que deberán valorar los nueve miembros del jurado. La mayoría de los procedimientos sometidos al Tribunal del Jurado están relacionados con delitos como homicidio, asesinato o determinados delitos contra la libertad. Por ello, la legislación requiere una exposición precisa de los hechos que se atribuyen al acusado.

En el caso que afecta a Begoña Gómez, la acusación plantea delitos de malversación y tráfico de influencias. Aunque ambos pueden encontrarse dentro del ámbito competencial del Tribunal del Jurado en determinadas........

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