La Audiencia Nacional avala la investigación del caso Zapatero y descarta una "intencionalidad espuria": "No ha existido ninguna infracción"
La Audiencia Nacional avala la investigación del caso Zapatero y descarta una "intencionalidad espuria": "No ha existido ninguna infracción"
Los magistrados afirman que "no constituye ningún fraude procesal por parte de la Fiscalía el que se dirigiera directamente" la querella a la jueza que había iniciado el caso Plus Ultra
La fiscal del caso Zapatero, Elena Lorente. / EPE
La Audiencia Nacional ha aprovechado lo que va de verano para avalar sin ambages la legalidad de la apertura del caso Zapatero que llevó a cabo la titular de la Plaza número 15 de la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Madrid, María Esperanza Collazos, según especifica un auto de 29 de julio, al que ha tenido acceso EL PERIÓDICO. La magistrada dictó el 28 de noviembre de 2025 un auto en el que aceptaba a trámite una denuncia que había interpuesto la fiscal de Anticorrupción Elena Lorente, y acordó la apertura de una pieza separada del caso Plus Ultra, cuya investigación inicial había sobreseído mediante un auto de enero de 2023, que fue confirmado el 14 de abril del mismo año por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Madrid. En concreto, la Sala "mantuvo el sobreseimiento provisional y no el sobreseimiento libre como pretendía el Ministerio Fiscal y la Abogacía del Estado", detalla la resolución judicial.
De esta forma, la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional avala la decisión que tomó la jueza Collazos de abrir la pieza separada del caso Plus Ultra, en la que permanece como investigado el expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero. Y en otras dos resoluciones los magistrados respaldan el secreto de las actuaciones y la negativa del actual magistrado encargado de las pesquisas, José Luis Calama, de rechazar la devolución de los dispositivos que fueron interceptados a los investigados.
Los abogados de los investigados recurrieron las decisiones de la jueza porque consideraban, además, que la Fiscalía Anticorrupción no debía haber denunciado ante ella los nuevos hechos conocidos. Defendían que la instructora, al conocer la existencia de la querella, tendría que haberla remitido a los juzgados de Plaza de Castilla para que las pesquisas se adjudicaran al juez predeterminado por la ley.
El juez rectifica y acepta pronunciarse sobre algunas nulidades........
