El paso atrás que salvó a Carlos Mazón de ser investigado en la causa de la dana de València
El paso atrás que salvó a Carlos Mazón de ser investigado en la causa de la dana de València
La decisión del presidente de la Generalitat Valenciana de no asumir la dirección de la emergencia, potestad legalmente posible desde 2020, ha servido de escudo protector para qu el TSJCV lo impute
Comparecencia de Carlos Mazón la noche de la dana. / Levante-EMV
La decisión del presidente de la Generalitat el 29 de octubre de 2024, Carlos Mazón, de no dar un paso adelante, o ponerse de perfil, en las decisiones de la emergencia provocada por la dana, le ha servido al jefe del Consell para esquivar -por ahora, según algunos juristas- la investigación en la causa de la dana. Podía haberlo hecho. Un cambio en la ley de emergencias y protección civil de su antecesor Ximo Puig, permite desde 2020 al presidente de la Generalitat Valenciana sumir el mando único de la emergencia.
Carlos Mazón, como ha revelado la investigación judicial tras meses de versiones inventadas, se desentendió de la emergencia durante todo el día 29 de octubre. Apenas realizó una comparecencia pública a las 11.47 horas para minimizar los efectos de las lluvias torrenciales, en un video que publicó en sus redes sociales y que después borró. Mantuvo su agenda de actos durante toda la mañana. Y después se fue a la larga sobremesa de cuatro horas en El Ventorro. Sólo a partir de las 20.28 horas, cuando llegó al Centro de Coordinación de Emergencias de l'Eliana, pareció comprender la gravedad de la situación del 29 de octubre de 2024. Ahí pareció tomar el mando. Protagonizó la primera comparecencia pública en toda la tarde noche, vestido con el chaleco rojo, que lo acompañaría hasta el 2 de noviembre.
El gesto no pasó desapercibido para la magistrada de la dana, Nuria Ruiz Tobarra, titular del Tribunal de Instancia 3 de Catarroja, que aludió a este gesto en su exposición razonada ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV). "Si su presencia era innecesaria -aseguraba la magistrada sobre Mazón-, si era una cuestión exclusivamente de los técnicos, si no debía de tomar ninguna decisión, no hubiera sido preciso su presencia en el Cecopi en ningún momento, ni antes ni después del envío de la alerta, ni enfundarse en un chaleco de emergencias, como parte de un operativo destinado a proteger a la población, ni intervenir en unas declaraciones públicas que se efectuaron durante el envío del segundo mensaje". El gesto de enfundarse el chaleco de emergencias y encabezar las declaraciones públicas (tras horas desaparecido) parecía trasladar que Mazón tomaba el mando, pero en realidad, nunca lo hizo.
Y a este hecho formal es el que se acogen los cinco magistrados de la sala de lo civil y lo penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) para señalar que Mazón no se constituyó en garante de la emergencia y de la protección civil el día de la dana y, por tanto, no se le puede exigir ninguna responsabilidad en la toma de decisiones, o en la ausencia de ellas. "Como es sabido, la situación de emergencia catastrófica a nivel autonómico nunca fue declarada por el señor Carlos Mazón Guixot, lo que determinó, y así se expresa la Fiscalía, que la cadena de mando ordinaria prevista en la propia Ley 13/2010 [de Emergencias] de la Comunitat Valenciana permaneciese inalterada” y en manos de Salomé Pradas, la consellera de Justicia e Interior. De ahí que los magistrados incidieran en su auto que "sin que conste la activación del mecanismo jurídico que conlleva el desplazamiento efectivo de la dirección funcional de la emergencia [de la consellera Salomé Pradas a Carlos Mazón], no cabe si quiera pensar en la posición de garante" del entonces presidente de la Generalitat Valenciana, señalan los magistrados del TSJCV en el auto dictado el 16 de marzo. Y ni siquiera, advertían, se podía considerar delito no haber decretado este nivel 3 de emergencia para asumir el mando único el 29 de octubre de 2024. "Interesa resaltar, y no es cuestión baladí, que en ningún caso una omisión tal [decretar el nivel 3 de emergencia] integraría la conducta típica. Y no solo por el efecto llamada que supondría, haciéndonos incluso reconsiderar otras posibles atribuciones de responsabilidad, sino principalmente porque en el ámbito en el que nos encontramos no cabe confundir facultades discrecionales con obligaciones legales".
Desde el entorno del presidente intentaron desmarcarse de esta potestad de la ley de emergencias, cuando la introdujo un técnico de Emergencias en su declaración ante la jueza de la dana. El jefe de servicio de planificación de la Agencia valenciana de seguridad y respuesta a las Emergencias (Avsre), Jaime Villanueva, declaró el 20 de junio como testigo en la instrucción que el presidente de la Generalitat Carlos Mazón podría haber declarado la emergencia catastrófica y asumir el mando el día de la dana. Una rotunda afirmación que el mismo Carlos Mazón se apresuró a desmentir. "No tiene nada que ver la emergencia catastrófica con que asuma el mando o la presidencia del Centro de Coordinación [de Emergencias] el Gobierno. No tiene nada que ver. A quien corresponda que se repase la ley", aseguró en declaraciones a los periodistas.
La ley autonómica "no está desarrollada"
El president explicó el mismo 20 de junio de 2025, como contó Levante-EMV, que esa declaración de emergencia catastrófica "no está regulada ni desarrollada por la ley valenciana, por lo tanto es inviable su puesta en marcha. Está referenciada en una ley fiscal del Botànic que emplazaba a su desarrollo posterior que jamás se produjo. Entre otras cosas, la manera de declararla [en referencia al nivel 3 de la emergencia]". Desde la Generalitat Valenciana, dirigida por el equipo de Mazón, defendieron entonces que el cambio legal aprobado por el Consell del Botànic que permite al president declarar la emergencia catastrófica "sólo aparece referenciada en la legislación valenciana una vez, en cuatro líneas que forman parte de una disposición adicional en una ley fiscal de 2020, diciendo que el Plan de Protección Civil de la Generalitat desarrollará la figura especificando cómo se declara. Jamás se hizo y jamás se especificó su contenido: fue un nuevo brindis al sol del Botànic sin contenido práctico". Y añadían que "subsidiariamente, la supuesta emergencia catastrófica mantiene exactamente las mismas competencias para la Generalitat. Idénticas. No cambia absolutamente nada: ni hay otros medios ni hay otros recursos distintos a los del nivel 2. No cambiaría nada", señalan para concluir que esa figura legal "no está desarrollada, ni se puede declarar ni tiene ninguna aplicación práctica".
El Fiscal Superior de la Comunitat Valenciana, José Ortiz Navarro, hacía mención a esta potestad presidencial introducida en 2020, aunque lamentaba la falt de justificación. "En el preámbulo de la norma [la ley de acompañamiento donde se introdujo la reforma legal] nada se dice sobre las razones de esta adición, lo que dificulta conocer los motivos que llevaron al legislador autonómico a introducir esta excepcional atribución competencial en materia de emergencias". Aunque, añadía el Fiscal Superior, "en todo caso, el hecho objetivo es que la situación de emergencia catastrófica a nivel autonómico no fue nunca declarada por el señor Mazón, lo que determinó que la cadena de mando ordinaria prevista en la propia Ley 13/2010 de la Comunidad Valenciana permaneciese inalterada" y en manos de la entonces consellera, Salomé Pradas.
La reforma legal se adoptó durante la etapa de Ximo Puig, tras la pandemia del coronavirus, e intentaba blindar las decisiones que pudiera adoptar el presidente de la Generalitat "cuando la situación de peligro o los daños ocurridos sean por su especial extensión o intensidad particularmente graves, el president de la Generalitat podrá declarar el estado de emergencia catastrófica en la Comunitat Valenciana, mientras no se declarada por el Gobierno de España", según preveía el artículo 116 de la Constitución que regulaba el estado de alarma y los estados de excepción y de sitio.
Desde la Generalitat "botánica" se justificaba que esta "declaración de la emergencia catastrófica era una especie de estado de alarma valenciano" que permitía al jefe del Consell del mando único y de la dirección de todas las actividades de emergencia, pasando a su directa dependencia la estructura organizativa del Plan Territorial de Emergencia de la Comunitat Valenciana". En aquella época, la Comunitat Valenciana, como el resto del Estado, se enfrentaba a la crisis del covid-19 y el ritmo diario lo marcaban los estados de alarma (después anulado por el Tribunal Constitucional), los toques de queda y los cierres perimetrales para frenar las oleadas expansivas del coronavirus.
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El cambio legal en la ley de protección civil y gestión de las emergencias de 2020 se introdujo en la ley a través de una enmienda a la ley de acompañamiento de los presupuestos pactada por los partidos del Botànic, PSPV, Compromís y Unides Podem, aunque también se acordó por unanimidad en el pleno de la comisión de Protección Civil. Y se debía concretar en "el Plan de Emergencia Territorial donde se establecerán los trámites a seguir para la declaración del estado de emergencia catastrófica valenciano. El Consell y el presidente podrán dictar normas de urgencia con el fin de afrontar las necesidades de emergencia, que tendrán que ser motivadas y publicadas en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana".Desde la Generalitat, defendían entonces que se reforzaban así "las competencias del presidente" siguiendo la la estela de Cataluña o el País Vasco para "reforzar el autogobierno" con la posibilidad de declarar una especie de «estado de alarma» en la Comunitat Valenciana.
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