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Candidato inhabilitado por encontrarse en estado de interdicción

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Un candidato a un cargo de elección popular estaría inhabilitado para ser elegido si al momento de su inscripción o elección se encuentra en interdicción para el ejercicio de funciones públicas. Así lo establece el artículo 37 numeral 1º de la Ley 617 de 2000 para quien aspira a ser alcalde de su municipio y el artículo 40 de la misma norma si aspira al Concejo Municipal, el artículo 49.2 de la Ley 2200 de 2022 si quiere ser Diputado y el artículo 111 numeral 2º si es candidato a la Gobernación.

Un candidato a un cargo de elección popular estaría inhabilitado para ser elegido si al momento de su inscripción o elección se encuentra en interdicción para el........

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