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Más patrimonio en papel, más impuestos en caja

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07.03.2026


En el sector agropecuario se discute con intensidad el aumento del predial. El debate necesita menos estridencia y más precisión jurídica. Pero cuando se mira completo, el rigor también inquieta.

El avalúo catastral no es el impuesto. El predial es un tributo municipal sometido a límites claros. El artículo 49 de la Ley 1955 de 2019 establece que, tras actualización catastral, el incremento anual no puede superar el IPC más ocho (8) puntos porcentuales frente al año anterior. Ese tope es obligatorio.

El impacto verdadero, sin embargo, no termina en el municipio.

El Estatuto Tributario dispone que el patrimonio bruto está conformado por el total de bienes poseídos al 31 de diciembre por su valor fiscal. Si el avalúo sube, el patrimonio sube.........

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