Causales de reclamación electoral
En Colombia todo candidato que aspire a un cargo de elección popular, desde el Presidente de la República hasta un Edil debe someterse a los lineamientos jurídicos señalados en el Decreto 2241 de 1986 (Código Electoral) para el caso de las reclamaciones o recuentos de votos durante el desarrollo normal de la jornada electoral. En efecto, el artículo 192 de la norma en comento establece las causales de reclamación ante los jurados de votación y las comisiones escrutadoras de mesa, a través de los testigos electorales, candidatos o sus apoderados, para solicitar por escrito las correcciones de las inconsistencias detectadas durante el proceso de las votaciones, según los artículos 167 y 192 del mencionado Código.
Dichas causales son: 1.Cuando funcionen mesas de votación en sitios no autorizados.........
