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¿Protesta o Vandalismo?

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06.09.2026

El tema siempre vuelve a Colombia. Las manifestaciones violentas, los bloqueos, el vandalismo y el terrorismo urbano han formado parte de nuestra agenda durante los últimos años. Los estallidos de 2019 y 2021 dejaron ciudades paralizadas, sistemas de transporte destruidos, establecimientos saqueados y ciudadanos sometidos al miedo y la zozobra. Desde entonces quedó una discusión que no debería admitir confusiones: una cosa es el derecho fundamental a protestar y otra utilizar una movilización como cobertura para cometer delitos.

La jurisprudencia de los últimos años ha sido clara en distinguir la protesta de los delitos cometidos en medio de ella. El artículo 37 de la Constitución Política protege la reunión y manifestación “pública y pacífica”, pero esa garantía no puede convertirse en amparo para la comisión de delitos ni para la violación del Código Penal.

La Corte Constitucional, en la sentencia C-090 de 2024, reiteró que la protesta tiene un carácter naturalmente disruptivo, pero debe ejercerse pacíficamente, lo cual excluye los medios violentos. También señaló que no puede tener como........

© El Heraldo