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Las herencias y el daño de Lenia Batres a la inversión

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13.07.2026

La semana pasada, desde el Pleno de la Suprema Corte, la ministra Lenia Batres decidió hacer política fiscal, como si el máximo tribunal del país no tuviera suficiente con todos los rezagos que tiene.

Al discutirse si los recursos de la Afore de un trabajador fallecido deben pagar ISR —la Contradicción de Criterios 49/2026—, Batres fue más allá y propuso abrir el debate para gravar las herencias y los legados en México, con el argumento de que quien hereda recibe recursos “que no provinieron de su esfuerzo” y que ello reproduce desigualdades.

La presidenta Sheinbaum desactivó esa posibilidad el jueves: “no estoy de acuerdo” y “no abriría ese debate legislativo”. Hizo bien. Pero el episodio deja lecciones que conviene no dejar pasar, porque el daño de estas ocurrencias no se mide por su viabilidad legislativa, sino por la señal que envían.

Conviene precisar el punto de partida. La Ley del ISR, en su artículo 93, fracción XXII, exenta por completo los ingresos por herencia o legado, sin límite de monto. La única obligación, prevista en el artículo 150, es informativa: quien recibe más de 500 mil pesos debe reportarlo en su declaración anual para conservar la exención; omitirlo........

© El Financiero