Feminicidio: la ley que viene y la deuda que persiste
El martes 14 de abril del presente año, la Cámara de Senadores aprobó el proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 73 constitucional, con la finalidad de facultar al Congreso de la Unión para expedir una ley general en materia de feminicidio que establezca el tipo penal y sus sanciones, permitiendo una adecuada articulación de acciones que garanticen, desde los distintos órdenes de gobierno e instituciones, el acceso a una vida libre de violencias de las mujeres y niñas. Por lo que fue enviada a la Cámara de Diputados, en donde se espera que igualmente sea respaldada.
Ahora bien, cabe señalar que, para poder expedir una Ley General para Prevenir, Investigar, Sancionar y Reparar el Daño por el Delito de Feminicidio, debe reformarse primeramente el artículo 73 constitucional, debiéndose adicionar a la fracción XXI la materia de feminicidio y delitos vinculados, para que posteriormente el Congreso pueda expedir dicha ley general.
Y usted se preguntará: ¿cuál es la necesidad de expedir una ley general si el feminicidio se encuentra ya tipificado en los códigos penales de las entidades federativas? Pues precisamente para homologar las penas, describir........
