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La inconstitucionalidad manifiesta de una legislatura sin presupuestos... y algo más

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31.03.2026

Una Constitución democrática siempre es necesariamente complicada y, como tal, surgen de manera habitual asuntos en los que los diferentes órganos de Estado chocan entre sí en una discusión sobre los límites de sus derechos. Y cuando las controversias resultan imposibles de conciliar, amenazando la colaboración entre poderes en que descansa el régimen parlamentario, entra en juego el Tribunal Constitucional a través del conflicto de competencias, como acaba de suceder hace semanas.

El Senado ha promovido ante el Tribunal Constitucional un conflicto negativo de competencias en el que reclama que el no ejercicio por parte del Gobierno de la iniciativa presupuestaria del artículo 134.1 CE, está impidiendo el cumplimiento de las atribuciones que la segunda Cámara tiene conferidas en la elaboración y aprobación de los Presupuestos del Estado.

La motivación del Senado se apoya en un viejo argumento - la figura de la inconstitucionalidad por omisión - que castiga el incumplimiento por un órgano de los deberes que le impone la Constitución, en la certeza de que los poderes públicos están ineludiblemente obligados a cumplir los mandatos que derivan de la ley suprema (art. 9.1 CE).

Infracción en la que se incurre cuando se opera una no acción. Es decir, cuando el Gobierno se pronuncia a través del silencio que aboca al mutismo forzado de otros órganos, que finalmente desemboca en el incumplimiento generalizado de un deber, susceptible de traducirse en una "no taxation without representation" invertida; una representación parlamentaria impedida de aprobar impuestos y gastos.

En términos de lógica constitucional, es el Senado quien se encuentra mayormente legitimado que el........

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