¿Puedo renovar el contrato por solo 3 años o el mínimo legal es de 5?
Tengo alquilado un piso. El primer contrato es de 3 años. Después contempla una prórroga de 3 años y una prórroga adicional de cinco años. En total, 11 años. ¿Puedo hacer un nuevo contrato de tres años o es obligatorio de 5?
Atendiendo a la información de que se dispone, en términos generales, sí podría firmarse un contrato por tres años. Ahora bien, esa duración no impide que el inquilino tenga derecho a permanecer hasta el plazo mínimo legal: cinco años si el arrendador es persona física y siete años si el arrendador es persona jurídica.
La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) permite pactar libremente la duración, pero si es inferior a esos mínimos, el contrato se prorroga obligatoriamente por anualidades hasta alcanzarlos.
Por tanto, una cosa es la duración escrita en el contrato —por ejemplo, tres años— y otra el régimen legal de permanencia mínima. Una estipulación que indique “duración de tres años” no permite al arrendador recuperar la vivienda al tercer año, salvo supuestos legales concretos, como la necesidad de vivienda del arrendador persona física si se pactó expresamente en el........
