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El juego democrático de las consultas

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08.02.2026

Ernesto Cardoso Camacho

La ley estatutaria que regula el funcionamiento de los partidos políticos en Colombia, 1475/11, señala que las consultas son mecanismos de participación democrática que las organizaciones políticas pueden utilizar con el fin de adoptar decisiones internas o para escoger candidatos propios o en coalición. Estas a su vez se dividen en INTERNAS o POPULARES. En las primeras solamente participan los ciudadanos registrados como militantes de la respectiva organización política, mientras que en las segundas participan todos los ciudadanos registrados en el censo electoral.

También existen las INTERPARTIDISTAS que son convocadas por una coalición de partidos y/o movimientos políticos con personería jurídica.

La esencia de tales mecanismos de participación política se derivan del texto constitucional del artículo 40 y en particular del derecho fundamental a elegir y ser elegido. Por esta razón es que la reciente decisión adoptada por el C.N.E que hubo de acudir al sorteo de conjueces, para terminar negando el derecho del candidato Cepeda a inscribirse y participar en la consulta interpartidista del 8 de marzo, por haber participado en octubre del 2025 en la consulta interna del llamado Pacto Histórico, ha generado........

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